1. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos. La presente índole transpone al Derecho castellano la citada Directiva, al tiempo que incorpora al que https://sergiociieg.sharebyblog.com/35926218/la-mejor-parte-de-prevención-de-riesgos-laborales